El juicio de divorcio sin expresión de causa inicia con la presentación de la demanda correspondiente. Las pretensiones que la parte actora ha de formular en su escrito inicial (y sobre las cuales, en correspondencia, ha de formular su respuesta la demandada, haciendo valer las propias) son las que menciona el artículo 267 del CCDF, a saber:
- La petición de divorcio y
- La resolución de las cuestiones inherentes a la disolución del vínculo matrimonial que deberán expresarse en la propuesta y en la contrapropuesta de convenio. Entre éstas están las siguientes:
- Guarda y custodia de los hijos menores e incapaces.
- Modalidades del régimen de visitas para el cónyuge que no tenga la guarda y custodia.
- Satisfacción de obligación alimentaria respecto de los menores y del cónyuge, en su caso.
- Uso del domicilio conyugal y menaje de casa correspondiente.
- Liquidación de la sociedad conyugal.
- Compensación en el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes.